Registros Civiles inscribe nombres y emite certificados

Posted by Rosalee on June 11th, 2021

Aunque varios no lo puedan creer , la inscripción del nombre de un recién nacido en el R. Civil constituye un trámite administrativo que está regulado por la ley. Por esta razón, los padres de la pequeña Aisaia no tuvieron la posibilidad de registrar a su hija con este nombre copiado de la serie de televisión Peaky Blinders.

Escoger el nombre de los niños es una de las cosas más importante que los padres deben hacer ante la llegada de un hijo. Por ello varios suelen soñar durante años el tipo de nombre que desean poner a sus futuros hijos, mientras otros aprovechan los 9 meses de gestación para buscar el nombre indicado.

Sin embargo, las expectativas de los progenitores no siempre se corresponden con la ley que regula los registros del Registro Civil. Un ejemplo concreto de ello ocurrió el pasado 24 de febrero cuando Joana y Ander no lograron legalizar a su hija “Aisaia” en el Registro Civil.

Este nombre no aparece en el banco de información.

Desde hace bastantes meses, Ander y su esposa Hoana habían decidido el nombre con que llamarían a su pequeña nacida el miércoles 24 de febrero de este año. El nombre Aisaia fue el elegido por ellos desde el principio del embarazo, por lo que todos los preparativos para el nacimiento se encontraban personalizados con el nombre soñado.

Aun así, Anderson, el padre de la niña, se realizó un tatuaje con el nombre como motivo previo al nacimiento de la bebé. Un nombre inspirado en uno de sus individuos preferidos de la televisión Blinders, de la que la pareja son fieles entusiastas. Unas cuantas horas después del alumbramiento y de haber registrado en el hospital al recién nacido con el nombre la pareja recibieron una llamada totalmente inesperada. Por por teléfono, el Registro Civil comunicó a la pareja que Aisaisa elegido como apelativo para a su Certificado del Registro Civil hija no estaba en el banco de información del organismo del gobierno.

Según ambos el Registro Civil les notificó que dicho nombre no aparecía en su base de datos y que no era factible poner ese nombre. Una bien difícil situación, ya que durante meses, el matrimonio, al igual que la familia, identificaba a la bebé como Aisaia sin tener pensado otro nombre.

El Registro Civil otorga 72 horas para escoger otro nombre

La norma vigente dice que los progenitores tienen un período de 72 horas para registrar a sus hijos en el Registro Civil. Un intérvalo de tiempo en el que Joana y Ander se vieron en la obligación de buscar otro apelativo para su hija recién nacida.

A pesar de sus requerimientos frente a la juez, la prohibición impuesta por el Registro Civil no pudo ser modificada. Frente su evidente desencanto, el funcionario del Registro Civil les sugirió escoger un nombre similar a Aisaia que existiese en la banco de datos.

Al final , Joana y Ander eligieron inscribir en el Registro Civil el nombre Aisa para denominar a la pequeña bebé, debido a la negativa de usar su planificado “Aisaia”. Una situación que la pareja espera revertir en las siguientes semanas, puesto que de opuesto la niña deberá aguardar hasta la mayoría de edad para lograr cambiar su nombre nuevamente.

Géneros de nombres prohibidos por el Registro Civil Español

En España, la elección de nombres es un trámite administrativo regulado a través de la Ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil. Un instrumento legal probablemente que se aplica en el caso del nombre contraindicado por el Registro el pasado mes de febrero.

Pese a las contínuas actualizaciones legislativas realizadas en las últimas décadas, existen diversos “tipos de nombres” que la legislación sostiene prohibidos siempre. En este sentido, los jueces del Registro Civil sostienen que apelativos prohibidos son esos que tienen “connotaciones negativas, atenten contra la dignidad de la persona o sean motivo de burla ”. Por este motivo nombres como Judas, Hitler o Orate no son admitidos por el Registro Civil de España para nombrar a uno de sus ciudadanos. Asimismo , otra de las normativas que establece la ley es la imposibilidad de registrar nombres de frutas.

Así, Limón Muñoz es un nombre que no es posible al momento de nombrar a un recién nacido. También las abreviaturas, las siglas o acrónimos son otro de los tipos de nombres que no son válidos ante la ley. Asimismo, otro de los los tipos de nombres prohibidos por el Registro Civil son aquellos iguales a los famosos. Esto quiere decir que no es posible registrar “Rafael Nadal”. Aunque, si el apellido del padre tiene dicho apellido, no existe ningún tipo de problema, pues la ley se refiere a nombres y no a los apellidos.

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